¿Cuáles son los puntos clave del proyecto de ley que busca bajar las tarifas de energía en Colombia?

El 25 de junio de 2025, el ministro de Minas y Energía de Colombia publicó el borrador del proyecto de ley que fija varios mecanismos que, juntos, buscan bajar las tarifas de energía en el país. ¿Cuáles son los puntos más relevantes?

“La presente ley establece mecanismos para lograr la equidad, la garantía en la prestación y regulación del servicio público de energía eléctrica, orientados a promover igualdad en el acceso a subsidios, sostenibilidad financiera del sistema, eficiencia en el consumo y la transparencia en la facturación”, destacó el documento.

En el mismo también se “introducen disposiciones en materia de contratación de energía, vigencia de las fórmulas tarifarias, esquemas tarifarios diferenciales, composición de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y eliminación de cobros ajenos al servicio”.

La opción tarifaria en estratos 1, 2 y 3

En línea con el proyecto de ley, de manera excepcional y en concordancia con el principio de solidaridad y redistribución de ingresos del artículo 367 de la Constitución Política, los usuarios de estratos 4, 5, 6 y no residenciales regulados en el país, sin limitarse a ellos, asumirán la deuda de la opción tarifaria de los usuarios de estratos 1, 2 y 3.

La CREG, en un término no superior a un mes, definirá los mecanismos necesarios para la asignación de los saldos de opción tarifaria, calculados al corte de la entrada en vigor de la presente ley. Asimismo, deberá determinar la responsabilidad de su cálculo, liquidación, recaudo, balance y redistribución entre agentes”, manifestó el documento.

“Las medidas adoptadas a propósito de la reglamentación del presente artículo no superarán los 15 años. Esta norma aplica a todos los comercializadores del mercado de energía eléctrica que atienden usuarios residenciales y no residenciales regulados, conforme lo determine la CREG, sin limitarse a ellos”, dice el borrador.

Aplicación subsidios de energía en Colombia

Según lo presentado por el MinMinas, será la cartera quien expida la reglamentación que permita evaluar la continuidad del beneficio del subsidio del servicio de energía eléctrica a los hogares de los estratos 1, 2 y 3 que presenten consumos altos.

Es decir, que superen el consumo de energía mensual de los usuarios de estratos no subsidiados.

“Igualmente, cuando el consumo promedio de un usuario subsidiado supere el doble del consumo de subsistencia, se deberá reasignar el estrato a uno sujeto de contribuciones”, dice el borrador.

Estas medidas aplicarán de manera transitoria mientras son reglamentados e implementados los elementos de asignación de subsidios establecidos en el artículo 70 de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026).

“El Ministerio de Minas y Energía deberá establecer un periodo de transición no mayor a seis meses previos a la entrada en vigor de la ley, dando oportunidad a los usuarios que actualmente se benefician del subsidio para que ajusten sus consumos. Igualmente, deberá definir los criterios y lineamientos para que hogares de los estratos 1, 2 y 3 soliciten la restitución condicionada del subsidio”, indicó el documento.

Durante el periodo de transición, los comercializadores que atienden usuarios beneficiarios de subsidios al consumo de energía eléctrica deberán realizar actividades de normalización en las viviendas o normalización para la contabilización de medidas en las que varios hogares comparten un mismo medidor de consumo, esto con el fin de evitar que la medida genere errores de exclusión.

Así las cosas, el Ministerio deberá establecer criterios de gradualidad y periodicidad para el retiro y reintegro en el esquema de subsidios.

¿Qué se hará con la plata que se ahorre en subsidios? Estos recursos deberán destinarse para el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y para financiar proyectos en el marco de la transición energética.

Mecanismos tarifarios para las empresas públicas o grupos de empresas y esquemas tarifarios diferenciales

Con el fin de promover la estabilidad tarifaria, el Gobierno Nacional buscará garantizar la accesibilidad a la energía eléctrica en condiciones eficientes asequibles y justas, reducir el impacto de la volatilidad de precios para los usuarios regulados representados por empresas públicas o de grupos de empresas comercializadoras.

Así como mitigar los efectos de la variabilidad de los aportes hídricos y del cambio climático en el mercado regulado, el Ministerio de Minas y Energía deberá establecer mecanismos en desarrollo de la política pública, a través de contratación de energía para:

  1. Limitar la exposición de los usuarios regulados de las empresas públicas del Estado o grupos de empresas
  2. Aumentar los niveles de contratación de energía e implementar mecanismos que contribuyan a garantizar la confiabilidad y la estabilidad tarifaria en la prestación del servicio público
  3. Reducir el sesgo en la venta de energía para la demanda regulada a través de mecanismos estandarizados para la compra de energía por parte de las comercializadoras que atienden estos usuarios;

“Los mecanismos de estabilización tarifaria adoptados por el Ministerio deberán orientarse a la reducción de tarifas para el usuario regulado, incluyendo el establecimiento de esquemas tarifarios diferenciales para usuarios vulnerables que permitan trasladar beneficios de manera progresiva de los usuarios de mayor capacidad de pago hacia los demás usuarios”, dice el proyecto de ley.

Así como a “la generación de esquemas tarifarios diferenciales para industrias intensivas en el uso de la electricidad que incentiven el desarrollo económico del país transitando de economías extractivistas hacia otro tipo de economías verdes, sin perjuicio de otras iniciativas”.

Ante esta medida, la cartera de Minas y Energía deberá garantizar la concurrencia y participación efectiva de los comercializadores de energía que atienden el mercado regulado en la adopción de los mecanismos de estabilización tarifaria.

Y podrá habilitar y reglamentar mecanismos de compra unificada de energía mediante procesos de contratación de largo plazo, con destino a atender la demanda regulada atendida por empresas públicas.

Criterios especiales para regulación de tarifas de los servicios públicos

Las comisiones de regulación, los prestadores de los servicios, los usuarios y los demás agentes del sector tendrán en cuenta lo siguiente:

  1. En todos los servicios y sus actividades complementarias se podrá cobrar cargos que estén orientados al cumplimiento de fines solidarios y redistributivos, respetando el principio de recuperación de costos.
  2. Cuando un activo cumpla su vida útil regulada y el mismo haya sido remunerado en su totalidad, sólo se podrá remunerar su costo de oportunidad y costos de operación, si se garantiza eficiencia, continuidad, cobertura y calidad, en ningún caso se podrá volver a remunerar su inversión.
  3. Los aportes o bienes entregados por entidades públicas a las comunidades organizadas para su implementación y funcionamiento tendrán un cálculo diferencial para el cobro de la tarifa a sus usuarios.
  4. Las actividades de los servicios públicos domiciliarios que tengan un régimen de libertad vigilada, libre competencia o en general no tengan una tarifa regulada, serán objeto de una evaluación de costos, por parte de la Comisión de Regulación respectiva, con la misma periodicidad de la vigencia de la fórmula tarifaria.

Dicha evaluación de costos buscará comparar los costos necesarios para prestar el servicio con el precio pagado por los mismos para recomendar continuar o no la no regulación de tarifas de dicha actividad.

  • Las Comisiones de Regulación respectivas realizarán los ajustes necesarios en las fórmulas tarifarias, para que las pérdidas reconocidas, diferenciadas por tipo de pérdida, no sean trasladadas al usuario, salvo aquellas que se deriven de una operación eficiente.
  • La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) podrá crear mecanismos centralizados de comercialización de contratos de largo plazo para la atención de la demanda regulada.

Vigencia de las fórmulas de tarifas

Las fórmulas y metodologías tarifarias tendrán una vigencia de cinco años y su impacto será monitoreado permanentemente.

Previo a la culminación del periodo de vigencia, las comisiones deberán hacer la revisión de las mismas, verificando que cumplan los principios tarifarios establecidos en la presente ley.

Excepcionalmente podrán modificarse en cualquier tiempo, de manera total o parcial, de oficio, por solicitud de la Superintendencia de Servicios Públicos, o a petición de parte, cuando se presente alguna de las siguientes causales:

  1. Errores en su cálculo
  2. Lesión a los intereses de los usuarios, de la empresa o a los fines sociales del Estado.
  3. Caso fortuito o fuerza mayor que comprometen en forma grave la capacidad financiera de la empresa para continuar prestando el servicio en las condiciones tarifarias previstas, o fruto de un cambio significativo en los parámetros macroeconómicos de las fórmulas tarifarias.

Según el borrador del proyecto de ley, las fórmulas y metodologías continuarán rigiendo mientras las comisiones no fijen nuevas reglas.

Seis meses después de vencido el término, las comisiones deben expedir de manera inmediata la nueva fórmula o prorrogar las existentes.

“Las fórmulas y los cargos por empresa o mercado podrán ser modificados por mutuo acuerdo entre la Comisión de regulación y las empresas, cuando sea necesario para una correcta aplicación de los principios tarifarios”, dice el documento.

Gremios del sector eléctrico advierten sobre riesgos de nuevo proyecto de ley y desfinanciamiento en subsidios

En medio del Congreso número 27 de Andesco, importantes voces del sector eléctrico y de servicios públicos alzaron su voz frente a las propuestas del Gobierno Nacional para reducir las tarifas de energía. Los líderes gremiales advirtieron sobre la inconveniencia de impulsar reformas legislativas sin concertación previa ni garantías de viabilidad financiera.

Camilo Sánchez, presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones (Andesco), fue enfático al criticar el reciente borrador de proyecto de ley anunciado por el Ministerio de Minas y Energía. Según el dirigente, la iniciativa parece más una acción política que una solución real al problema tarifario. “Presentar un proyecto sin concertación con el Congreso ni con los actores del sector es una falta de respeto. Y hacerlo justo cuando arranca el último año del presidente Petro, muestra que el objetivo no es técnico, sino político”, expresó.

Sánchez también pidió no repetir errores del pasado: “Las leyes que han intentado bajar tarifas no han funcionado, ni aquí ni en otros países. Poner en riesgo la sostenibilidad financiera del sector solo nos acerca a apagones”, advirtió, recordando que Colombia se encuentra en una situación crítica que requiere liderazgo y decisiones responsables.

Desde otra orilla del sector, José Camilo Manzur, presidente de Asocodis, alertó sobre la falta de recursos para cubrir los subsidios eléctricos en 2025. Aunque reconoció el pago de las obligaciones correspondientes a 2024, señaló que el presupuesto del próximo año solo cubre los tres primeros meses. “Si no se adicionan los fondos necesarios, la deuda a final de año podría llegar a los 2,7 billones de pesos, poniendo en aprietos a las empresas y al servicio mismo”, advirtió.

Manzur también llamó al Gobierno a presentar un proyecto de ley para asegurar el financiamiento del sector en 2026, el cual requerirá otros 3,7 billones de pesos, sumando un total de 6,4 billones si se incluyen los déficits acumulados.

Por su parte, Alejandro Castañeda, director de Andeg —el gremio de los generadores— cuestionó la pertinencia del proyecto de ley al considerar que sus propuestas ya podrían ejecutarse a través de decisiones regulatorias. “Más del 90% de lo planteado en ese borrador puede resolverse por vía de política pública o regulación. Discutir un proyecto que tardará meses no ofrece soluciones inmediatas”, afirmó.

Castañeda llamó a actuar desde lo técnico, sugiriendo que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) ya está revisando aspectos claves de la fórmula tarifaria, como la distribución y la transmisión, los cuales sí pueden impactar los costos a corto plazo.

En conclusión, el sector eléctrico colombiano enfrenta una encrucijada entre las promesas de reforma legislativa y la realidad financiera de sus operaciones. Gremios como Andesco, Asocodis y Andeg coinciden en la necesidad de soluciones estructurales, pero alertan que el camino elegido por el Gobierno podría ser más simbólico que efectivo.

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