A las 8:08 am del domingo 8 de junio de 2025, se registró un fuerte sismo en el país. De acuerdo con el Servicio Geológico Colombiano, SGN, alcanzó una magnitud de 6,5 en la escala Richter.
Reportado como uno de los más fuertes, causó pánico en diversas regiones del país, además de ocasionar destrozos significativos en inmediaciones de su epicentro.
Este sismo fue el primero de una serie de 138 réplicas que hicieron del 8 de junio un domingo “movido” en el país. Por fortuna, no hubo víctimas humanas, pero sí afectaciones importantes en Paratebueno, Fómeque, Sibaté, Tocaima, Fusagasugá, Medina, Ubaque y Quetame. Vías comprometidas y construcciones agrietadas se cuentan dentro de los daños ocasionados.
Hoy, 24 horas después, Paratebueno se encuentra con problemas en el suministro de agua y de luz y, de acuerdo con datos oficiales, con más de 300 viviendas afectadas.
Este saldo pone sobre la mesa la necesidad de contar con edificaciones sólidas, construidas con todas las de la ley. Es decir, siguiendo de manera rigurosa las indicaciones que contempla el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente, más conocido como la norma NSR-10.
Pues bien, promulgada por el decreto 926 del 19 de marzo de 2010, esta norma establece claramente todos los requisitos que se deben contemplar en el diseño, el uso y tipo de materiales, los protocolos de inspección y el mantenimiento al que deben someterse las edificaciones para garantizar su resistencia ante cualquier sismo.
Cabe anotar que Colombia forma parte del llamado Cinturón de Fuego del Pacífico, un área conformada por varios países (Japón, Estados Unidos, Chile y Turquía, entre ellos) propensa a la actividad sísmica que ocasiona el contacto entre las placas tectónicas.
Estas placas, estructuras de la litosfera (la capa superficial y sólida de la Tierra), tienen una estrecha relación con la formación de las montañas y los volcanes que, como sabemos, abundan en la geografía colombiana.
Dada esta condición, la construcción sismo resistente es de carácter obligatorio en nuestro país, como lo consagrada la citada norma NSR-10.
De hecho, su propósito es el de garantizar la seguridad de las edificaciones frente a los sismos. De esta forma, se evitan o previenen los daños estructurales y, desde luego, las afectaciones que un evento sísmico pueda tener en las personas.
En tal sentido, cuenta con 11 títulos que abordan aspectos esenciales:
- Requisitos generales de diseño y construcción sismo resistente
- Análisis sísmico
- Concreto estructural
- Aceleración sísmica
- Viviendas de uno y dos pisos de mampostería confinada y bahareque
- Construcciones metálicas
- Diseño sismo resistente de estructuras de madera
- Edificios especiales
- Estructuras de acero
- Edificaciones con sistemas no convencionales
- Requisitos complementarios.
Vale la pena mencionar que la norma NSR-10 aplica a todo tipo de construcciones: residenciales, comerciales, industriales, educativas, etc.
Adicionalmente, el cumplimiento de sus disposiciones es requisito para obtener la licencia de construcción. Esto significa, entonces, que las curadurías urbanas son las entidades encargadas de velar por el cumplimiento de la misma.
Sin embargo, ha tenido actualizaciones desde su promulgación en el año 2010 a fin de hacerla más adecuada para los nuevos tiempos y, desde luego, para estar acorde con los nuevos sistemas constructivos.
La más reciente es la del 25 de agosto de 2023, publicada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. En efecto, el Decreto 1401 de 2023 modificó parcialmente a la norma NSR-10 y permite el uso de la nueva norma Norma AIS 410-23 “Evaluación y reducción de la vulnerabilidad sísmica en viviendas de mampostería”.
Esta novedad fue elaborada por el Comité AIS 400 (Vulnerabilidad sísmica y evaluación de daño) de la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica – AIS, que se convierte en una norma nacional para reducir la vulnerabilidad estructural de las viviendas de origen informal.
Resulta, además, muy oportuna en la coyuntura actual. Recordemos que el 30 de mayo de 2025, el Gobierno Nacional publicó el Decreto 585 que oficializa el programa de vivienda por autogestión. Con esta disposición, los hogares de bajos ingresos y sin acceso al crédito financiero podrán construir sus viviendas con apoyo económico estatal.