Respaldan idea de legislar sobre gestión de residuos de relaves mineros

La Sala aprobó en general -por 104 votos a favor y 15 en contra – el proyecto que modifica la Ley 20.920, que establece un marco para la gestión de residuos para exigir la aplicación de un plan de recuperación de elementos pesados a los gestores de depósitos de relaves mineros (boletín 16.426).

La propuesta, remitida nuevamente a la Comisión de Minería y Energía para la determinación de su articulado luego de la presentación de indicaciones, incorpora en la gestión de residuos la obligación para el gestor de contar con un plan de recuperación de elementos pesados para tranques de relaves.

De igual modo, agrega que para dichos tranques, el plan será público y deberá revisarse cada cinco años, actualizarse cada diez y considerar determinados requisitos.

Aspecto del Plan de Recuperación  

Para lograr el objetivo del proyecto se considera los aspectos de caracterización de los tranques de relaves existentes y que se proyectan en el tiempo. También, las medidas de identificación y monitoreo de los parámetros críticos que permitan determinar la estabilidad física de uno o más tranques de relaves.

Junto con ello, un mecanismo de registro histórico para todos los eventos anómalos ocurridos durante la operación, documentos de respaldo del diseño y planos as-built.

También, modelos referenciales, sean estos numéricos, empíricos o analíticos, que permitan al gestor efectuar una evaluación constante e integral de la estabilidad física de el o los tranques de relaves.

Asimismo, un protocolo con el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), para eventos de características de medianas y grandes emergencias. Igualmente, un mecanismo para el control.

Igualmente, considera la gestión del uso de los residuos con fines mineros o de aquellos que puedan extraerse para su uso o investigación en otros procesos y un procedimiento para el registro de control de la trazabilidad por cada porcentaje en peso removido de cada tranqué de relave. Deberá emitir semestralmente un informe con los antecedentes registrados al Servicio Nacional de Geología y Minería y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

La norma instituye que los sistemas de gestión solo podrán contratar con gestores autorizados y registrados. En el caso de los gestores de residuos producidos en procesos mineros, que se deban contener en tranques de relaves, deberán contar, además, con el plan de recuperación de elementos pesados para dichos tranques.

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