Ley de Rescate plantea cambios tributarios para inversiones y combustibles en Colombia

Incentivos para grandes inversiones en energía

El proyecto de Ley de Rescate Económico presentado por el Gobierno colombiano propone crear el Régimen Único para Generar Estabilidad Empresarial (RUGE), un mecanismo dirigido a atraer capital hacia sectores estratégicos como minería, electricidad, petróleo y gas.

La iniciativa establece un monto mínimo de inversión de 8,14 millones de unidades de valor tributario (UVT), equivalente a más de $400.000 millones. Las empresas que cumplan los requisitos podrían acceder a una tarifa de impuesto sobre la renta del 20% para proyectos que comiencen en 2026, 2027 o 2028, y del 26% para aquellos que inicien a partir de 2029, según las condiciones descritas por la firma Serrano Martínez CMA.

El régimen también contempla una tarifa del 8% sobre los dividendos distribuidos a socios extranjeros, exención del impuesto al patrimonio y estabilidad jurídica durante 16 años. Estas condiciones buscan ofrecer mayor previsibilidad a proyectos que requieren grandes inversiones y largos periodos de desarrollo.

Gasolina tendría un incremento en el IVA

Uno de los cambios planteados por el proyecto es el aumento del impuesto al valor agregado (IVA) aplicado a la gasolina, cuya tarifa pasaría del 5% al 19% sobre el precio recibido por el productor.

La modificación podría trasladarse al precio final que pagan los consumidores, aunque su impacto dependerá de la estructura de comercialización y de los demás componentes que intervienen en la formación del precio del combustible.

El diésel tendría un tratamiento diferente, ya que la propuesta contempla excluir del IVA tanto su venta como las operaciones realizadas por las estaciones de servicio. De esta manera, el cambio tributario no afectaría de igual forma a ambos combustibles.

Impuesto al carbono aumentaría entre 2027 y 2029

La iniciativa también propone incrementar gradualmente el impuesto al carbono durante el periodo comprendido entre 2027 y 2029. Este gravamen se aplica a las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas al uso de combustibles fósiles.

El proyecto contempla beneficios para las empresas que acrediten su condición de carbono neutro, aunque la no causación del impuesto estaría limitada a un máximo del 25% del gravamen. Esto modificaría las condiciones actuales para las compañías que utilizan mecanismos de compensación de emisiones.

Los cambios podrían incidir en los costos de operación de sectores intensivos en consumo de combustibles, así como en las decisiones empresariales relacionadas con la gestión de emisiones y la inversión en tecnologías de menor impacto ambiental.

Cambios tributarios para paneles solares y movilidad eléctrica

El proyecto también plantea modificaciones en el tratamiento del IVA para algunas tecnologías vinculadas con la transición energética. Entre ellas, los paneles solares y el alcohol carburante dejarían de estar incluidos en la lista de bienes y servicios exentos del impuesto.

Asimismo, vehículos híbridos, baterías, motores, electrolineras, cargadores y motocicletas eléctricas tendrían cambios en sus condiciones tributarias, de acuerdo con el análisis de la firma Serrano Martínez CMA.

Estas disposiciones podrían modificar los costos de adquisición de equipos y tecnologías utilizados en proyectos de generación renovable, almacenamiento energético y movilidad eléctrica, con posibles efectos sobre las decisiones de inversión de empresas y consumidores.

Conciliación de controversias aduaneras

Otro componente de la propuesta busca establecer mecanismos para resolver disputas relacionadas con tributos aduaneros en la importación de combustibles líquidos. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podría transar o conciliar procesos derivados de cambios en la interpretación de la propia entidad, siempre que correspondan a declaraciones presentadas hasta el 31 de diciembre de 2025 y que el valor discutido supere las 2.000 UVT.

La propuesta permitiría transar hasta el 85% de las sanciones, con intereses del 4,5% anual. Las solicitudes tendrían que presentarse dentro de los seis meses siguientes a la eventual entrada en vigencia de la norma.

Una reforma que aún depende del trámite legislativo

Las medidas forman parte del proyecto de Ley de Rescate Económico y, por tanto, todavía no constituyen obligaciones tributarias definitivas. Su aplicación dependerá de la discusión y aprobación del Congreso, que podrá modificar las disposiciones durante el trámite legislativo.

De concretarse, los cambios tendrían efectos diferenciados sobre la inversión energética, los precios de los combustibles, la generación renovable y la movilidad eléctrica. Para las empresas del sector, el desafío será evaluar cómo las nuevas condiciones fiscales podrían modificar sus costos, proyectos y decisiones de expansión en Colombia.

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