El Gobierno, a través del Ministerio de Energía y Minas (Minem), aprobó hoy una norma que dicta nuevas medidas para garantizar la operación ininterrumpida de instalaciones de refinación y procesamiento de hidrocarburos aún pendientes de completar su inscripción en el Registro de Hidrocarburos de Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
El Decreto Supremo N° 008-2025-EM, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece que dichas instalaciones —como la Refinería de Talara, operada por Petroperú— podrán seguir funcionando mientras culminan con la obtención de los títulos habilitantes, certificados, opiniones técnicas y demás permisos sectoriales requeridos. La medida se enmarca en los objetivos de la Política Energética Nacional 2010-2040.
Los titulares deberán presentar a Osinergmin un cronograma detallado en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la entrada en vigencia de la norma. Este cronograma no podrá exceder los 18 meses e incluirá avances mensuales por actividad programada.
Durante ese periodo, se mantendrán las operaciones de las instalaciones, mientras Osinergmin realiza un seguimiento técnico y podrá otorgar ampliaciones excepcionales, siempre que estén debidamente sustentadas por el Minem y se justifique su impacto en el abastecimiento interno.
Según el Ejecutivo, esta disposición busca evitar la interrupción del suministro de combustibles a nivel nacional y fortalecer la seguridad energética del país, en línea con los compromisos asumidos en la modernización de infraestructura crítica.
La norma excluye expresamente la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, al estar dirigida a entidades públicas que desarrollan procesos esenciales para la operatividad energética nacional.