Minem: Declaración de compromisos voluntarios de mineras no genera sanciones

En julio, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) publicó un dispositivo que dispone que las empresas mineras, de hidrocarburos y electricidad, deben reportar al sector, los compromisos sociales voluntarios que adquieren con poblaciones o comunidades en la zona de influencia de sus operaciones.

Para el efecto, emitió la resolución ministerial 286-2023 EM/DM, que aprueba el formato para la Declaración de Cumplimiento de Compromisos Sociales Voluntarios por parte de empresas de las citadas industrias extractivas.

Hasta antes de esa resolución, según había explicado a Gestión David Baraco, asociado senior del Estudio Rebaza, Álvarez y De las Casas, ya existía la obligación de las empresas de presentar declaración de compromisos sociales obligatorios.

Tal declaración la debían entregar, como parte de los instrumentos de gestión ambiental (IGA), como por ejemplo, estudios de impacto ambiental (EIA) requeridos para cada proyecto, compromisos obligatorios cuyo cumplimiento supervisa el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam).

Lo que hace esta nueva resolución, había referido Baraco, es que aprueba un formato, que incorpora a los compromisos sociales voluntarios, aquellos que no están contenidas en el IGA, es decir estaría ampliando la obligación de reporte de compromisos que son privadas (acuerdo entre partes).

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