Primer Tribunal Ambiental inspecciona Complejo Térmico de Engie en Mejillones

El Primer Tribunal Ambiental recorrió la zona de emplazamiento y los alrededores del proyecto “Operación Unidades CTA/CTH con 100% biomasa”, con ocasión de la medida para mejor resolver de inspección personal decretada luego de la audiencia de alegatos realizada el día 28 de noviembre del año pasado.

La diligencia, que estuvo a cargo de los ministros Marcelo Hernández Rojas y Alamiro Alfaro Zepeda, consideró como lugares de observación las instalaciones las instalaciones portuarias, la cinta transportadora, la actual cancha de acopio de carbón, las unidades generadoras Central Termoeléctrica Andina  y Central Termoeléctrica Hornitos , así como el lugar donde se encuentra el Receptor N°2 de la modelación de calidad del aire, ubicado en la Segunda Compañía de Bomberos de Mejillones.

El ministro Hernández, destacó, a propósito de esta inspección que “es importante revisar todo lo asociado a material fugitivo, control de eventos, eventos y contingencias, y como eso podría generar algún material particulado, considerando que parte de lo reclamado está asociado a la quema de combustible”.

Agregó que “ha sido una visita interesante para comprender el proceso productivo de Engie, así como todas las medidas de mitigación y prevención que tienen a la luz de la reclamación que está en curso”.

En tanto, el ministro Alfaro destacó que “la inspección personal del tribunal es una herramienta que nos permite ir a terreno y conocer de primera mano los antecedentes de los temas que se debaten en las distintas causas para resolver fundadamente las controversias”.

La reclamación

La reclamación fue deducida por dos vecinos de la comuna de Mejillones, en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), por la calificación ambientalmente favorable del proyecto “Operación Unidades CTA/CTH con 100% Biomasa”, del titular Central Termoeléctrica Andina SpA.

Los reclamantes cuestionan la decisión del SEA de declarar inadmisible su solicitud de invalidación debido a que fue presentada solo 23 días antes del plazo de dos años que contempla la Ley N° 19.880 para ejercer la potestad de invalidación.

A juicio de los vecinos de Mejillones, esta resolución restringió su derecho de acceso a la justicia ambiental. Además, cuestionan que, al haberse pronunciado la autoridad, a mayor abundamiento, sin tramitar el procedimiento administrativo, infringió el principio de contradictoriedad al impedirles participar de este.

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