Tanto Isagen, compañía del sector eléctrico, como la Asociación Nacional de Generadoras (Andeg) solicitaron la suspensión provisional del decreto 044 de 2026. En el caso de la empresa privada, se envió una carta a la Corte Constitucional en la que se rechazan los nuevos impuestos para el sector, expedidos en el marco de la emergencia económica.
Según han manifestado algunos analistas, como el exministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta, el mecanismo que está utilizando el Gobierno consiste en cobrar impuestos a las generadoras con el fin de saldar las cuentas de la deuda de Air-e, empresa de servicios públicos del Caribe, con ese mismo sector de la cadena energética. En otras palabras, lo que se pretende es que las compañías paguen un tributo para terminar cubriendo lo que Air-e les adeuda.
De acuerdo con lo señalado por Isagen ante la Corte, el decreto es inconstitucional y, en caso de continuar vigente, generaría efectos adversos, al ir en contra de los derechos de las compañías y ocasionarles perjuicios por lo que, según afirman, es una obligación que debe asumir el Gobierno con recursos del presupuesto público.
En el caso de Andeg, gremio presidido por Alejandro Castañeda, la misiva también fue enviada a la Corte Constitucional. La organización indicó que no existe una crisis energética que justifique la implementación de este mecanismo y también sostuvo que el decreto es inconstitucional.
Frente al caso de Air-e, el gremio expresó que el Gobierno conocía con anticipación los inconvenientes financieros de la compañía y que hubo una actuación, calificada como “reprochable”, por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos que agravó la situación. Agregó que una eventual inyección de recursos del fondo empresarial de esa entidad hace parte de la solución, pero no es suficiente.
Con base en ello, Andeg señaló que no se trata de una condición sobrevenida, sino de un problema conocido con antelación, por lo que no se justifica el uso de facultades excepcionales.
El gremio concluyó que, tras la suspensión provisional del decreto, este debe ser declarado inexequible, es decir, que no pueda ser implementado.


