La empresa no logró corregir inconsistencias señaladas en su Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y Semarnat consideró que el expediente incluía información incompleta o errónea, por lo que suspendió y finalmente negó la autorización mediante oficio 144.1‑SDGPARN.‑UGA.‑DIRA.‑0744/25 .
Semarnat concluyó que el proyecto podría poner en riesgo especies amenazadas y observó falsedad en sus estimaciones sobre impactos ambientales. La cabeza del despacho en San Luis Potosí, Angélica Montañez Rivera, subrayó que el promovente no atendió los mandatos de ley ambiental vigente.
La comunidad local organizada, bajo el colectivo “La Sierra de San Miguelito somos todos”, festejó la decisión como un logro comunitario y ambiental. José Francisco Gutiérrez Aguilar, representante ejidal, agradeció la intervención ciudadana y el apoyo federal, pero advirtió que no cesarán sus demandas por un modelo de desarrollo sostenible y equitativo.
Previo a ese rechazo formal, la titular de Semarnat, Alicia Bárcena, ya anticipó que era muy probable que no se autorizara ningún proyecto en Corcovada y confirmó que las actividades ilegales habían sido clausuradas. En abril de 2025 Semarnat incluso suspendió la evaluación del MIA por falta de calidad en los datos presentados, lo que retrasó el proceso hasta su eventual negativa .
Beneficios y aprendizaje del rechazo
Aunque la minería y la explotación de materiales generan empleo y desarrollo regional, en este caso Semarnat actuó oportunamente para proteger el entorno ecológico y salvaguardar la integridad del ejido Corcovada. Se fortalecen controles ambientales y presiona a las empresas a cumplir normativa estricta antes de emprender obras.
Este fallo refuerza la importancia de que los proyectos extractivos respeten legislación ambiental y previa consulta comunitaria. La negativa impulsa un modelo más transparente y equilibrado que permita recursos sin sacrificar patrimonio natural ni derechos ejidales.