La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un caso clave sobre la reforma a la Ley Minera de 2023, al negar un amparo a la empresa Exploraciones del Altiplano, titular de 17 concesiones.
El fallo confirma que las concesiones mineras solo podrán otorgarse mediante licitación pública y que el litio es un recurso estratégico reservado exclusivamente al Estado.
Contexto de la reforma minera de 2023
En abril de 2023, Morena y sus aliados aprobaron diversas reformas, entre ellas la modificación a la Ley Minera, que introdujo cambios significativos:
- Se eliminó el esquema de “primer solicitante” para concesiones mineras.
- Se estableció la licitación pública como único mecanismo de otorgamiento.
- Se reservó la explotación del litio para el Estado.
Exploraciones del Altiplano impugnó la reforma alegando violaciones a la seguridad jurídica y la irretroactividad de la ley.
Argumentos de la Corte
La SCJN determinó que:
- La exigencia de licitación pública no afecta derechos adquiridos, pues solo aplica a nuevas concesiones.
- La prohibición de concesiones privadas sobre litio se fundamenta en la Constitución.
- Las concesiones previas a la reforma conservan su vigencia, pero deben cumplir con las nuevas disposiciones en materia de seguridad y medio ambiente.
Impacto para la industria minera
La decisión sienta un precedente sobre la aplicación de la reforma y refuerza el control del Estado sobre los recursos minerales estratégicos. Empresas interesadas en nuevas concesiones deberán competir en licitaciones y ajustarse a normativas más estrictas.
El sector minero enfrenta un panorama de mayor regulación, con un énfasis en beneficios sociales y ambientales.