Establecerían lineamientos para la condonación de deudas municipales en Colombia

El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia ha anunciado a través de un proyecto de decreto la implementación de un conjunto de regulaciones que afectarían a los municipios del país en relación con sus deudas pendientes con la Nación. Estas deudas estarían relacionadas con los recursos asignados en virtud del artículo 5 de la Ley 1608 de 2013 “Por medio de la cual se adoptan medidas para mejorar la liquidez y el uso de algunos recursos del Sector Salud.”
 
De acuerdo con la iniciativa, los municipios que deseen solicitar la condonación de sus deudas deberían presentar una comunicación al Ministerio de Salud y Protección Social antes del 29 de marzo de 2024, indicando su interés y la finalidad de los recursos condonados, ya sea para proyectos de inversión en infraestructura de salud pública o para financiar la atención médica de la población migrante no afiliada.
 
Para ser elegibles, los municipios tendrían que cumplir con una serie de requisitos, como identificar claramente su interés en la condonación, especificar la destinación de los recursos condonados, presentar un plan financiero para la ejecución de los recursos y suscribir un compromiso de ejecución en los plazos establecidos.
 
Si los municipios llegaran a elegir utilizar los recursos condonados para proyectos de inversión en infraestructura, dotación y suministros de instituciones de salud pública, deberían cumplir con ciertos lineamientos técnicos y financieros.
 
En caso de que los recursos condonados se destinen a la atención de la población migrante no afiliada, se requeriría que los municipios concierten con los departamentos y suscriban convenios interadministrativos para gestionar los fondos y garantizar la prestación de servicios de salud a esta población.

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