Autoridades mexicanas aplicarían retroactivamente nueva ley minera para restringir exploración

Las autoridades administrativas de ciertas regiones mexicanas están aplicando la ley minera que entró en vigor en mayo de manera retroactiva, restringiendo así proyectos de exploración en marcha de concesionarias que ya cuentan con un título, advirtió Armando Ortega, presidente del grupo de trabajo de minería de la Cámara de Comercio de Canadá en México (CanCham).

“Se entiende que estas modificaciones legislativas solo deben aplicarse a situaciones futuras, lo que significa que cualquier concesionario hoy tiene derecho a realizar actividades de exploración sin restricciones, como estaba previsto en la ley anterior a la reforma”, señaló Ortega en un artículo de su autoría publicado en Mexico Business.

“Sin embargo, ahora nos enfrentamos a decisiones de las autoridades administrativas que van en contra del espíritu de la nueva reforma”, agregó el también expresidente de CanCham en México.

Los trámites que se están condicionando a disposiciones de la nueva legislación son, principalmente, la obtención de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), a cargo de la Semarnat, y de la autorización de cambio de uso de suelo ante la Comisión Nacional Forestal, que depende de la misma cartera, detalló Ortega a BNamericas.

Previamente, la Cámara Minera de México (Camimex) exhortó a “resolver el retraso generalizado en las respuestas a las solicitudes de permisos ambientales”, y destacó que tales son necesarios para que las empresas cumplan con la normatividad y operen responsablemente.

“Reconocemos la importancia de contar con procesos de evaluación y mecanismos de prevención; sin embargo, resulta crucial que la Semarnat actúe de manera ágil y eficiente en los procesos de evaluación y en la emisión de resoluciones, especialmente cuando las empresas cumplen rigurosamente con los requisitos establecidos por la ley”, aseveró la Camimex en un comunicado a mediados de agosto.

Cada vez es más frecuente que compañías que ya poseen una concesión acuden a dependencias de la Semarnat para tramitar sus MIA y esta les responde que no, porque antes deben ir a la Secretaría de Economía (SE) para que, a su vez, esta instruya al Servicio Geológico Mexicano (SGM) a celebrar un convenio de colaboración de hasta por cinco años con la empresa, explicó a BNamericas un actor de la industria, que prefirió mantener su identidad en reserva por temor a represalias.

La reformada ley de minería establece que la exploración del territorio para la búsqueda de minerales será exclusiva del SGM. Sin embargo, se permite que particulares puedan proporcionar información a la SE sobre existencia de minerales o sustancias en un lote no asignado o concesionado, para que esta determine la conveniencia de ordenar la exploración al SGM y este pueda celebrar un convenio de colaboración con los particulares para realizar la exploración.

Sobre la exclusividad otorgada al Estado en materia de exploración, Ortega reiteró en su artículo que “se trata de un cambio delicado y, si no se lucha contra él en los tribunales o si un nuevo gobierno no lo examina, podría tener efectos perjudiciales para el futuro de la minería mexicana”.

Aunque actualmente la industria minera y el gobierno trabajan en la elaboración de los reglamentos de las nuevas leyes que rigen a la minería en México, en el sector preocupa que algunos funcionarios las estén interpretando erróneamente. Señalan que no debiera haber dudas de que el nuevo marco legal aplica solamente a los nuevos concesionarios, lo cual se ratifica en los artículos transitorios.

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